lunes, 27 de marzo de 2017

INSTRUCCIONES VOTACIONES JORNADA CONTINUA

INSTRUCCIONES VOTO DIFERIDO Y FAMILIAS MONOPARENTALES


VOTO DIFERIDO:

- Los padres/madres o tutores legales del alumnado que no puedan ir a la votación podrán participar en la consulta dejando el voto en dirección, entre el 28 de marzo y el 3 de abril de 2017; o dejándolo en la mesa electoral antes del escrutinio.
- Se ha de utilizar el sistema de doble sobre, para garantizar el secreto del voto.
- El sobre exterior se entregará durante los cinco días hábiles anteriores a la votación (28 de marzo al 3 de abril) en el despacho de dirección. El sobre exterior tendrá que estar cerrado y tener la firma manuscrita del padre/madre o tutor/a legal que vota, cruzando la solapa.
- En el interior del sobre, tendrá que estar la fotocopia del NIF, NIE, pasaporte o carnet de conducir compulsada; y el sobre cerrado con el voto emitido.
- Cuando el voto diferido sea entregado en dirección (del 28 de marzo al 3 de abril), éste expedirá un justificante de entrega del voto (el modelo está disponible en dirección).
- Si el voto es entregado, cinco días antes de las votaciones, por otra persona mayor de edad autorizada por la persona que vaya a votar, ésta tendrá que traer la autorización firmada (impreso disponible en dirección) por el padre/madre o tutor/a legal que vaya a hacer el voto. Esta persona autorizada también deberá traer su NIF, NIE, pasaporte o carnet de conducir.
- Durante las votaciones, el 4 de abril, los padres/madres o tutores legales podrán también autorizar a una persona mayor de edad para que entregue el voto diferido antes del escrutinio. Por lo que, también tendrá que traer su identificación, la autorización del votante y el "doble sobre" (sobre con la firma del votante cruzando la solapa, y dentro la fotocopia compulsada del NIF, NIE, pasaporte o carnet de conducir, y el sobre cerrado con el voto).
- El censo definitivo estará disponible a partir del 28 de marzo de 2017.

FAMILIAS MONOPARENTALES:

- El voto de las familias monoparentales, tal y como marca la normativa vigente, cuenta doble.
- Las familias monoparentales acreditarán su situación por medio del título o carnet de familia monoparental, vigente en el momento de la votación.
- Serán admitidos tambié los justificantes, emitidos por la autoridad competente, que den fe que el título en cuestión se encuentra en trámites de emisión.
- Si no puede acreditar esta situación, estas familias podrán emitir un único voto, como el resto.
- Las familias monoparentales que vayan a votar a través del sistema de voto diferido, tendrán que añadir la fotocopia compulsada del carnet o título de familia monoparental en el interior del sobre.


Saludos,
La Comisión Coordinadora.

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